Introducción y definicines para ventas en establecimientos mercantiles
Introducción
La dinámica y relación entre el consumidor y usuario y las empresas está cambiando. El mercado, sus sistemas de venta y comercialización se modifican, y así, la normativa se adapta a las nuevas conductas y modalidades de venta.
El comercio electrónico, la contratación telefónica y las ventas en el domicilio del consumidor van en aumento. Los datos de facturación de las empresas mejoran con las ventas a distancia y los costes asociados a estas modalidades de comercialización son inferiores a la tradicional venta en establecimiento mercantil. La tendencia es abrumadora.
Por ese motivo, aquellas empresas que NO disponen de tienda online que suministre sus bienes o servicios, o que no los comercializan vía telefónica, postalmente o en el domicilio del consumidor, ante un incumplimiento de la normativa, y en lo referente a la información previa a facilitar al consumidor antes de contratar, menoscaban la posibilidad de que el consumidor y usuario decida y contrate; frente a otras que si lo hacen de forma eficiente o disponen de otros canales de comercialización. Vender es informar. Si la información es correcta la venta será correcta.
Cuando la compra no es acertada, entre otros factores, por omisión o distorción de la información, el consumidor no solo no repite, sino que publicita su insatisfacción, desatención y vulneración de los derechos que le reconoce la normativa (y el sentido común).
Si usted gestiona una empresa o trabaja en ella, y dispone para la venta bienes y servicios, este Servicio Municipal de Consumo, le invita a que adapte su sistema de ventas a lo indicado por la normativa e informe al consumidor y usuario de forma correcta, antes, durante y después de celebrar un contrato, con el fin de que las relaciones y transacciones comerciales sea eficaces y duraderas.
 
Definiciones
Contrato de venta: todo contrato en virtud del cual el empresario transmita o se comprometa a transmitir a un consumidor la propiedad de ciertos bienes y el consumidor pague o se comprometa a pagar su precio, incluido cualquier contrato cuyo objeto esté constituido a la vez por bienes y servicios.
Contrato de servicios: todo contrato, con excepción de un contrato de venta, en virtud del cual el empresario preste o se comprometa a prestar un servicio al consumidor y usuario y éste pague o se comprometa a pagar su precio.
Contrato complementario: un contrato por el cual el consumidor y usuario adquiera bienes o servicios sobre la base de otro contrato celebrado con un empresario, incluidos los contratos a distancia o celebrados fuera del establecimiento, y dichos bienes o servicios sean proporcionados por el empresario o un tercero sobre la base de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario.
Establecimiento mercantil: toda instalación inmueble de venta al por menor en la que el empresario ejerce su actividad de forma permanente; o toda instalación móvil de venta al por menor en la que el empresario ejerce su actividad de forma habitual.
Bienes: cosas muebles corporales, excepto los vendidos por la autoridad correspondiente tras un embargo u otra medida similar. El agua, el gas y la electricidad se considerarán "bienes" cuando estén envasados para su comercialización en un volumen delimitado o en cantidades determinadas.
Bienes elaborados conforme a las especificaciones del consumidor y usuario: todo bien no prefabricado para cuya elaboración sea determinante una elección o decisión individual por parte del consumidor y usuario.
Soporte duradero: todo instrumento que permita al consumidor y usuario y al empresario almacenar información que se le haya dirigido personalmente de forma que en el futuro pueda consultarla durante un período de tiempo acorde con los fines de dicha información y que permita su fiel reproducción. Entre otros, tiene la consideración de soporte duradero, el papel, las memorias USB, los CD-ROM, los DVD, las tarjetas de memoria o los discos duros de ordenador, los correos electrónicos, así como los mensajes SMS.
Servicio financiero: todo servicio en el ámbito bancario, de crédito, de seguros, de pensión privada, de inversión o de pago.
Contenido digital: los datos producidos y suministrados en formato digital.
Garantía comercial: todo compromiso asumido por un empresario o un productor (el "garante") frente al consumidor y usuario, además de sus obligaciones legales con respecto a la garantía de conformidad, de reembolsar el precio pagado, sustituir o reparar el bien o prestar un servicio relacionado con él, en caso de que no se cumplan las especificaciones o cualquier otro elemento no relacionado con la conformidad del bien con el contrato, enunciados en el documento de garantía o en la publicidad correspondiente, disponible en el momento o antes de la celebración del contrato.
 

 

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