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VIVIENDA - INMOBILIARIAS


Fecha de la consulta:20-10-2006

Causa de la consulta: GRAL FALTA INFORMACION


Resumen de la consulta realizada por la persona consumidora:

Un consumidor solicita información sobre la relación comercial y contractual de éste y de una inmobiliaria a la hora de comprar una vivienda a través de ésta. Concretamente, información sobre comisiones máximas que pueden aplicar.

Respuesta emitida por el SMC:

Respecto a las comisiones máximas en España hay libertad de empresa y cada inmobiliaria puede cobrar las tarifas que considere oportunas, pero siempre ha de comunicarlas antes de hacer cualquier operación a través de ellos, la comisión es un factor libre y es el mismo mercado que, sujeto a gran competencia el que lo regula. Suele ser un porcentaje de la venta de la vivienda, y es habitual que se pague a mitades entre comprador y vendedor, aunque esto ya queda sujeto al acuerdo entre ambas partes. Lo que siempre hay que hacer ante es exigir factura, pues hay muchas inmobiliarias que piden el dinero en "negro", lo cual es un peligro en caso de necesitar reclamar, o de inspección de Hacienda. Sobre su segunda pregunta, si usted no llegó a un acuerdo con la inmobiliaria tanto verbal o por escrito que le comprometiera con la agencia en la compra de la vivienda, ni que firmara ningún ‘parte de visitas’ (documento que suele contener, entre otros, los siguientes datos: su nombre, apellidos, NIF, fecha de visita, vivienda visitada, su firma y las comisiones que se aplicarían en caso de que la comprara), usted no se encuentra obligado a realizar la compra a través de la inmobiliaria. Puesto que esta ha ofrecido sus servicios, usted los ha utilizado y bajo las condiciones que pactaran en su día o que pacten (que debe procurar siempre que queden por escrito). En caso de que le surja algún problema, no dude en pasarse por la OMIC de su Ayuntamiento. Traiga consigo todo documento que pueda aportar para su reclamación. Servicio Municipal de Consumo (SMC).


AVISO: Las respuestas emitidas por la OMIC del SMC a las consultas realizadas por las personas consumidoras y usuarias, son indicaciones o sugerencias a seguir, puesto que esta OMIC no dispone de pruebas o documentos ni se ha registrado Hoja de Reclamaciones respecto a las consultas planteadas.

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