BANCOS,CAJAS DE AHORROS Y EF - BANCOS,CAJAS DE AHORROS Y EF
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Como consecuencia de las reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unnión Europea y de la publicación del Real Decreto Ley 1/2017 respecto a las cláusulas suelo y otra anterior del Tribunal Supremo respecto a los gastos de formalización de préstamos hipotecarios este Servicio Municipal le informa sobre cómo reclamar a las entidades de crédito según dicha jurisprudencia y normativa.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado el 21 de diciembre de 2016 sentencia donde declara que los importes relativos al cobro indebido por el uso de cláusulas suelo incluidas por las entidades financieras en los préstamos hipotecarios deberán ser devueltas desde la firma del contrato hipotecario y no desde la fecha donde nuestro Tribunal Supremo, en 9 de mayo de 2013, dictaba que solo se dovolverían desde mayo de 2013 en adelante.
Además, el Estado ha publicado un procedimiento extrajudicial, el Real Decreto-Ley 1/2017, para la reclamación de la cláusula suelo a su entidad de crédito.
También, y como consecuencia de otra sentencia del Tribunal Supremo, las cláusulas que imponen al consumidor los gastos relativos para la formalización de contratos de préstamos hipotecarios se consideran abusivas.
Si de desea más información, acceda a los siguientes documentos en pdf: