Funciones de la Junta Arbitral de Consumo (JAC)
La JAC es un Servicio Municipal para consumidores y empresas
 
INFORMACIÓN
Información presencial en nuestras oficinas, con cita previa si se solicita por teléfono para consultas sobre un expediente de arbitraje que se esté gestionando (localícenos).
Información telefónica a consultas en materia de arbitraje.
Información en internet mediante el portal web de consumo.
Información documental mediante entrega en mano o envío por correo postal de material informativo como folletos en materia de arbitraje.
Información sobre expedientes de arbitraje, situación, plazos y gestiones realizadas.
MEDIACIÓN, REGISTRO Y GESTIONES ADMINISTRATIVAS
Gestión administrativa y Mediación de los conflictos generados entre consumidores y empresas a través de solicitudes de arbitraje.
Mediación previa al arbitraje de las solicitudes de arbitraje recibidas. 
Recepción y registro de solicitudes de Arbitraje. 
Traslados de expedientes a otras Juntas Arbitrales en caso de esta Junta Arbitral municipal del SMC no tenga competencia territorial para su gestión.
Entrega de la documentación necesaria para solicitar la ejecución forzosa del Laudo ante los Tribunales de Justicia.
 
JAC
La Junta Arbitral de Consumo (JAC) presta sus servicios a la ciudadanía de Córdoba desde el 3 de marzo de 1995.
Sus funciones y competencias vienen recogidas en:
  1. La Ley de Arbitraje 60/2003..
  2. El Real Decreto 231/2008 por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.
  3. Real Decreto Legislativo 1/2007, capítulo 2º, art. 57.
 
Muchos de los servicios que presta la JAC podrá encontrarlos en este portal de consumo. Principalmente, información sobre las empresas adheridas al Sistema Arbitral, cómo reclamar mediante arbitraje, cómo adherirse al Sistema Arbitral, etc.

 

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